La Agencia Española…

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LA AEPD RESUELVE UNA CONSULTA SOBRE LA LEGITIMACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES MEDIANTE EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN DEL HISTORIAL CLÍNICO DE LOS TRABAJADORES ENTRE LOS MÉDICOS DEL SERVICIO PÚBLICO DE SALUD Y LOS MÉDICOS DE LAS MUTUA

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) emitió una resolución en respuesta a una consulta sobre la legitimidad del intercambio telemático de información de historias clínicas entre médicos del servicio público de salud y médicos de las mutuas, para el tratamiento de trabajadores protegidos por estas entidades en situación de baja médica o incapacidad temporal. Según la AEPD, el intercambio de datos de salud está generalmente prohibido por el RGPD, pero existen excepciones y la posibilidad de que los Estados miembros regulen estos tratamientos de datos para distintos sectores.