El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en el asunto C-333/22, ha establecido que las decisiones tomadas por una autoridad de control en el ejercicio indirecto de los derechos de un interesado sobre el tratamiento de datos personales son jurídicamente vinculantes. La decisión surge de una cuestión prejudicial planteada ante el TJUE por el Tribunal de Apelación de Bruselas (1ª Instancia), en el seno de una demanda interpuesta por un ciudadano, quien solicitó una habilitación de seguridad profesional a la Autoridad Nacional de Seguridad para fines profesionales, la cual le fue denegada por participar en unas manifestaciones, lo que impedía obtener dicha habilitación. Al ser denegado el mismo, acudió ante la Autoridad de Control de Información Policial, quien le indicó que verificaría la legalidad del tratamiento de sus datos.